Si, puedes trabajar por cuenta ajena y ser autónomo, trabajar por cuenta propia. Compatibilizar ambas actividades al mismo tiempo es totalmente legal y bastante común. Lo único que tienes que cumplir son las obligaciones impuestas por la Seguridad Social, estas varían en función del tipo de situación laboral.
En esta situación, te encontrarás cotizando en dos regímenes diferentes de la Seguridad Social. La empresa para la cual trabajas en Régimen General por cuenta ajena cotizará por ti en dicho régimen y como autónomo tendrás que cotizar en el Régimen General de Trabajadores Autónomo (RETA), esto supone tener que abonar las cuotas de ambos regímenes. En el caso que el autónomo o empresario individual ejerza varias actividades en el mismo régimen a la vez, solo tendrá que abonar una cuota.
A la pregunta, puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena, cabe destacar otras situaciones. En el caso que mis ingresos como autónomo no superen el Salario Mínimo Interprofesional y que no sea su principal sustento económico. Cabe otra alternativa, darse de alta en la AEAT y cumplir con las obligaciones fiscales, sin estar dado de alta en el Régimen General de Trabajadores Autónomos. ¡OJO! No hay legislación ni jurisprudencia suficiente que abale dicha situación. Aunque es una práctica habitual, no te exime de una posible sanción por parte de la Seguridad Social.
Los autónomos que se encuentren trabajando por cuenta ajena tendrán unas reducciones durante dieciocho meses, podrán reducir su base de cotización hasta el 50% y en los siguientes dieciocho meses la reducción puede llegar hasta el 75%. Estas reducciones no son aplicables para los autónomos que se acojan a la tarifa plana.
Por último, los trabajadores que se encuentren en esta situación a la hora de la jubilación, tendrán derechos a dos pensiones, siempre y cuando hayan cumplido con los requisitos previos.
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