Crear un sociedad limitada es el primer paso para iniciar un gran proyecto. Todos cuando iniciamos un proyecto tenemos dudas e inseguridades, pensamos que ser un empresario o un emprendedor no es tarea fácil. Con Grafer Consultores no tendrás problema, nuestros consultores se pondrán en contacto con usted para asesorarle en todo el procedimiento y darle los mejores consejos. No tendrás que preocuparte de nada, nosotros nos encargamos de de todas las gestiones en el Registro Mercantil, en la Seguridad Social y en la Agencia Tributaria.
Conoce los trámites a seguir para crear una Sociedad Limitada desde el registro de la denominación social al alta en el Registro Mercantil hasta el alta en la Agencia Tributaria.
Para constituir una sociedad has de tener claros los siguientes trámites obligatorios:
- Solicitar del nombre de la sociedad en el Registro Mercantil Central para asegurarse de que el nombre elegido para identificar a la SL no ha sido utilizado por otra sociedad. El Certificado Negativo de Denominación Social acredita que durante 6 meses estará reservado ese nombre para el solicitante.
- Abrir una cuenta bancaria de la sociedad con el Certificado Negativo de Denominación Social, realizar un ingreso con un mínimo de 3.000 € y solicitar el certificado del ingreso. Este certificado lo necesitamos ante el Notario Público para la constitución de la escritura pública.
- Redactar los estatutos sociales de la Sociedad, los cuales, contienen la estructura, funcionamiento interno y normativas sobre las cuales se regirá la sociedad. Este documento se incorpora al registro público de la constitución de la organización empresarial.
- Todos los socios de la sociedad limitada deben acudir a la notaría para formalizar la Escritura de la Constitución de la Sociedad. Para la constitución dela sociedad, debes adjuntar el Certificado de Denominación, el Certificado de la Entidad Bancaria, los Estatutos Sociales, el original del DNI de cada socio.
- Para solicitar el CIF debes acudir a la Agencia Tributaria para obtener el CIF provisional, donde deberás acreditar las fotocopias del DNI del firmante, fotocopia de la escritura de constitución de la sociedad. Este CIF Provisional tiene una validez de seis meses.
- Tras la solicitud del CIF Provisional, hay que comunicar ala Agencia Tributaria el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para informar el inicio de la actividad o actividades y darse de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
- Inscribir la sociedad en el Registro Mercantil provincial, adjuntando una copia autorizada de la escritura de constitución de la sociedad y una copia del NIF provisional.
- Solicitar el CIF definitivo en la Agencia tributaria para cambiar la tarjeta provisional del CIF por una definitiva.
No inicies el camino solo, cuenta con un equipo de consultores especializados, contacta con nosotros y le asesoraremos en todo el procedimiento.